¿Qué es un trienio y cómo se paga en la Administración de Justicia?
Un trienio es un complemento retributivo por antigüedad: cada tres años de servicio efectivo como funcionario, se consolida una cantidad fija adicional en la nómina, de forma automática y para toda la carrera. Se aplica en los cuatro cuerpos de la Administración de Justicia —Auxilio Judicial, Tramitación Procesal, Gestión Procesal y LAJ— y también en el resto de la función pública.
¿De dónde sale realmente el importe de un trienio?
El importe de un trienio no lo fija la convocatoria de la oposición, ni el Reglamento Orgánico del cuerpo: lo fija, cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en función del grupo o subgrupo de clasificación (C2, C1, A2 o A1), junto con las relaciones de puestos de trabajo (RPT) de cada destino. Es un dato que cambia con cada ejercicio presupuestario y que no consta en ninguna de las Órdenes de convocatoria que hemos citado en el resto de nuestros artículos sobre estas oposiciones. Por eso una cifra de trienio de hace dos convocatorias puede no ser la vigente hoy, y por eso cifras de fuentes distintas —incluso dentro de nuestro propio blog— no coinciden entre sí sin que ninguna sea necesariamente errónea: pueden corresponder a ejercicios presupuestarios distintos.
¿Cada cuánto se cobra un trienio y desde cuándo empieza a contar?
Cada tres años de servicio efectivo, contados desde la toma de posesión como funcionario de carrera —no desde el aprobado de la oposición ni desde el período de prácticas—. Los trienios son acumulativos: no se pierden ni se recalculan a la baja, y se suman durante toda la carrera profesional, incluidos los períodos en situación de servicios especiales, según la normativa general de la función pública.
¿Qué es el complemento específico y por qué varía entre cuerpos y destinos?
¿Qué es la carrera profesional horizontal y en qué se diferencia del trienio?
La carrera profesional horizontal es un concepto retributivo distinto del trienio, aunque ambos crecen con el tiempo de servicio. Mientras el trienio premia únicamente la antigüedad —tres años son tres años, sin más condición—, la carrera profesional valora también el desempeño y la formación acumulada, y su implantación y cuantía dependen del acuerdo o la normativa de desarrollo vigente en cada momento para la Administración de Justicia. No existe, a día de hoy, una fuente única y verificable sobre su cuantía exacta para estos cuatro cuerpos, así que no la damos por hecha.
¿Cómo puedo saber el importe real de mi trienio si soy funcionario de Justicia?
La fuente fiable no es un blog, ni siquiera el nuestro: es la nómina propia, donde el trienio aparece desglosado como concepto retributivo aparte, o la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente en cada ejercicio, que fija la cuantía por grupo de clasificación. Si todavía no eres funcionario y quieres una referencia, la vía más honesta es preguntar directamente a alguien que ya ejerza el puesto, en vez de fiarte de una cifra suelta sin fuente.
¿Afecta el destino o la comunidad autónoma al importe del trienio o del complemento específico?
Al trienio, no: su cuantía depende solo del grupo de clasificación, es la misma en todo el territorio. Al complemento específico, sí: varía según la relación de puestos de trabajo de cada destino, que puede ser distinta entre comunidades autónomas y entre órganos judiciales de una misma ciudad.
Preguntas frecuentes sobre trienios y complemento específico en Justicia
¿Los trienios son acumulativos e irreversibles?
Sí. Una vez consolidado un trienio, no se pierde ni se recalcula a la baja, y se suma a los siguientes durante toda la carrera profesional.
¿Se pierde el trienio al cambiar de cuerpo por promoción interna?
No se pierde el trienio ya consolidado como antigüedad general en la Administración, aunque el importe que corresponde a cada trienio cambia al pasar a un grupo de clasificación superior, porque la cuantía depende del grupo.
¿El complemento específico es igual para todos los destinos de un mismo cuerpo?
No. Depende de la relación de puestos de trabajo (RPT) de cada órgano judicial concreto, que puede fijar cuantías distintas para puestos del mismo cuerpo en destinos diferentes.
¿Por qué las cifras de trienio que se ven en distintas páginas no coinciden?
Porque el importe lo fija la Ley de Presupuestos de cada ejercicio, no la convocatoria de la oposición. Una cifra de una convocatoria anterior puede no ser la vigente hoy, y las páginas que no citan su fuente ni su fecha son, por eso, poco fiables en este dato concreto.
¿Dónde consulto la cuantía exacta y vigente de mi trienio?
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio en curso, o directamente en el desglose de tu propia nómina si ya eres funcionario.
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